El plazo de solicitudes se encuentra cerrado.
Toda la información a continuación y aquí.
BASES DE LA I EDICIÓN DE AYUDAS A LAS INVESTIGACIÓN EN CÓMIC DE LA CÁTEDRA DE ESTUDIOS DEL CÓMIC FUNDACIÓN SM-UNIVERSITAT DE VALÈNCIA Y FUNDACIÓN EL ÁRTE DE VOLAR
1.- OBJETO
Constituye el objeto de este concurso conceder ayudas para el desarrollo de proyectos de investigación en cómic.
Este premio es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad.
La finalidad de este premio es fomentar la investigación en el cómic y sus aplicaciones educativas, sociales o artísticas.
2- PROCEDIMENTO DE CONCESIÓN
El procedimiento de concesión será el régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con la sección 1a del capítulo II de la ley 1/2015, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.
La resolución de concesión se hará en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el DOGV, según lo establecido en el artículo 25 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA ORDENACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMENTO.
El órgano competente para la resolución de la convocatoria será el Vicerrectorado de Innovación y Transferencia de la Universitat de València
Las bases de la presente convocatoria se publicarán en Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), así como también en el Tablón oficial de la Universitat de València [https://tauler.uv.es] y en la página web de cátedras de la Universitat de València [http://www.uv.es/catedres], sin perjuicio de que puedan publicarse en otros medios que se consideren adecuados.
4. PARTICIPANTES
Podrán presentarse investigadoras e investigadores de cualquier nacionalidad, mayores de edad y con residencia en España. La propuesta de investigación tendrá que tener al cómic como principal objeto de estudio, desde cualquier disciplina o metodología científica. Se incluyen proyectos académicos y grupos de investigación, pero también aquellos que requieran de la investigación en un porcentaje elevado para su desarrollo, como exposiciones o documentales. Se puede presentar un máximo de una propuesta por autora o autor.
5. SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN
Las solicitudes se podrán presentar en:
a) El registro de entrada de la Universitat de València (avenida Blasco Ibáñez, 13 – 46010 Valencia), que se encuentra abierto al público de lunes a viernes (horario: de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas).
b) El registro de cualquier otra administración pública, o en las oficinas de Correos, en la forma que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Si se presenta la solicitud en una oficina de Correos, se deberá presentar en sobre abierto, para que la persona empleada la selle, y tendrá que figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de esta Universitat.
De conformidad con el apartado 4.b) del artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no tendrán la consideración de oficinas de registro las de otras universidades distintas a la convocante.
Tendrán que dirigirse a:
Universitat de València
Cátedra de Estudios del Cómic Fundación SM-Universitat de València
Departament d’Òptica i Optometria i Ciències de la Visió
Facultad de Física
C/Dr. Moliner 50
46100 Burjassot (Valencia)
Adicionalmente, la solicitud también podrá enviarse por correo electrónico a la dirección de la Cátedra de Estudios del Cómic: catedracomicsm@uv.es.
Con la solicitud se deberá presentar la siguiente documentación:
- Datos personales: nombre completo, apellidos, dirección, teléfono y correo electrónico de contacto, además de fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o cualquier otro documento de identificación admitido legalmente.
- Currículum Vitae del solicitante, donde conste su formación y sus aportaciones académicas e investigadoras más relevantes. Las instituciones convocantes se reservan la posibilidad de pedir en cualquier momento los documentos acreditativos de la totalidad o de cualquiera de los méritos alegados.
- Carta de presentación con un máximo de 800 palabras, donde se expongan los motivos que llevan al solicitante a postularse para la beca.
- Carta de la directora o director de un grupo de investigación, de un departamento universitario o, en cualquier caso, de una persona de relevancia científica en el ámbito del proyecto presentado.
- Datos de la cuenta bancaria donde se ingresaría, en su caso, la cuantía económica.
- Una sinopsis del proyecto, de entre 5.000 y 6.000 palabras. De acuerdo a un esquema que contará, al menos, con los siguientes epígrafes:
- Título.
- Presentación del proyecto.
- Antecedentes y estado de la cuestión.
- Hipótesis de partida y objetivos.
- Metodología.
- Bibliografía básica.
- Cronograma aproximado de desarrollo del proyecto de investigación.
- Presupuesto detallado, desglosado por conceptos. No tiene que sobrepasar el máximo establecido en la convocatoria. Debe incluir la financiación, pública y privada, con la que cuenta y destacar la finalidad de la ayuda requerida.
- De forma optativa, aunque recomendable, se pueden aportar estadísticas o anexos complementarios que sirvan para comprender el proyecto, con un máximo de 5.000 palabras.
Toda documentación y candidatura que se presente fuera del canal establecido o con posterioridad al plazo de finalización de presentación, no será tenida en cuenta. Igualmente, si no cumple con las estipulaciones recogidas en estas bases, no será aceptada y no participará en el premio.
La documentación presentada, salvo la de los trabajos ganadores, será borrada y eliminada de las Bases de Datos de la Universitat de València una vez entregado el premio y se hayan cumplido los términos para la resolución de los posibles recursos.
6. PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes se podrán presentar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) hasta el 30 de marzo de 2023 a las 14:00 horas.
7. JURADO Y CRITERIOS DE VALORACIÓN
La evaluación de las candidaturas será llevada a cabo por un jurado de especialistas en cómic que se hará público, presidido por la dirección de la Cátedra de Estudios del Cómic Fundación SM-Universitat de València y de la Fundación El Arte de Volar.
El jurado tiene la facultad de interpretación y resolución de cualquier circunstancia no prevista en estas bases para un mejor cumplimiento del objetivo de la Ayuda. La completa composición del jurado se publicará en la web de la Universitat de València.
El jurado del premio valorará los trabajos presentados según los siguientes criterios, en base a una puntuación máxima de 10 puntos:
- Trayectoria del solicitante. Se tendrá en cuenta de manera positiva que la o el solicitante sea novel. Como tal, se entenderá a todo aquel que no haya terminado un doctorado o que no hayan pasado más de cinco años desde la defensa del mismo.
- Importancia y carácter innovador del proyecto.
- Conocimiento de las investigaciones previas y la bibliografía.
- Metodología de investigación.
- Claridad expositiva de la propuesta y del cronograma presentado.
- Viabilidad de la investigación.
- Proyección e impacto social de la propuesta.
La ayuda podrá no adjudicarse y declararse desierta.
8. RESOLUCIÓN DEL PREMIO
La vicerrectora de Innovación y Transferencia resolverá los premios.
La resolución de concesión se publicará, con efectos de notificación, en el Tablón oficial de la Universitat de València [https://tauler.uv.es].
Además se le dará difusión, incluyendo enlaces a la publicación del Tablón Oficial, en la página web: www.uv.es/catedres.
La resolución de la ayuda se hará pública en un acto organizado por la Cátedra de Estudios del Cómic a lo largo de 2023 y será publicada en la página web de la Cátedra.
La participación en esta convocatoria implica el conocimiento, entendimiento y aceptación de las presentes bases.
9.-AYUDAS
Consta en el respectivo expediente la consignación presupuestaria adecuada y suficiente para atender las obligaciones de gasto que puedan derivarse de esta convocatoria.
La ayuda se financia a cargo del capítulo VII del presupuesto de la Universitat de València para 2019, orgánica 2010660931 específica 20190199 por un importe de 3.000 euros.
Se entregarán dos ayudas de 1500€ cada una.
Los documentos en PDF que recojan las propuestas presentadas que no reciban la ayuda, serán destruidos una vez resuelta la convocatoria.
La investigación contará con un plazo máximo de ocho meses para desarrollarse desde el momento en que se conozca el fallo del jurado.
Se pedirá un informe final al autor sobre lo realizado, donde se hagan constar las principales conclusiones que ha obtenido gracias a la Ayuda de investigación Cátedra de Estuidos del Cómic Fundación SM-UV/Fundación El arte de volar. Dicho informe deberá de desarrollarse en, al menos, 15.000 palabras.
La Cátedra de Estudios del Cómic Fundación SM-Universitat de València y la Fundación El arte de volar se reservan, respetando la autoría intelectual de los trabajos seleccionados, los derechos de publicación. Estos serán considerados para su publicación en la revista Neuróptica. Estudios sobre el cómic (Universidad de Zaragoza) y en la colección Grafikalismos, editada por la Universidad de León y Eolas ediciones.
La autora o autor se compromete a participar en las acciones de difusión y promoción de la ayuda que le sean requeridas, como el envío periódico de material para la divulgación del proceso en las webs de la Cátedra de Estudios del Cómic Fundación SM-Universitat de València y la Fundación El arte de volar. Asimismo, ambas entidades se reservan el derecho de publicación de resúmenes de la investigación en medios especializados, para potenciar su difusión.
10.-NORMAS SUPLETORIAS
Supletoriamente será aplicable la ley 1/2015, de 6 de febrero de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
11. DATOS DE CÁRACTER PERSONAL
11.1 Datos del Responsable.
Universitat de València Estudi General
CIF: Q4618001D
Avda. Blasco Ibáñez 13
46010 Valencia
lopd@uv.es
11.2 Finalidades y base jurídica del tratamiento.
En cumplimiento de lo dispuesto en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, le informamos que los datos personales suministrados en este proceso se incorporarán a los sistemas de información de la Universitat de València que procedan, con el fin de gestionar y tramitar la solicitud de participación en el premio de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
11.3 Procedencia de los datos.
La Universitat de València únicamente tratará los datos proporcionados por el solicitante.
11.4 Destinatarios de los datos personales.
En el marco de la relación que se establece con motivo de la presentación de la candidatura, se informa que se cederán los datos estrictamente necesarios en los siguientes supuestos y para las finalidades siguientes:
– Publicación de la resolución de concesión en el tablón oficial de la Universitat de València. Adicionalmente, a efectos informativos, podrá informarse de la resolución en páginas web alojadas bajo el dominio oficial de la Universitat de València.
– Publicación de los beneficiarios, importe y objeto del premio en el portal de transparencia de la Universitat de València (www.uv.es/transparencia), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.1 a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y del artículo 9.1 e) de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.
– A la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
11.5 Plazo de conservación de los datos.
Los datos se conservarán y serán, si procede, canceladas de acuerdo con los siguientes criterios.
A. En cuanto a los concurrentes a los cuales no se conceda el premio, los datos se conservarán durante los periodos previstos en la legislación administrativa en garantía de los derechos de los concurrentes.
B. En cuanto a los concurrentes a los cuales se les conceda el premio, los datos se conservarán durante todo el periodo vinculado a la gestión de la convocatoria, se incorporarán si procede al expediente del estudiante y se conservarán con finalidades de acreditación y certificación de la concesión y de cualquier otro mérito académico relacionado.
11.6. Derechos.
Las personas que proporcionan datos tienen derecho a solicitar al responsable del tratamiento el acceso a sus datos personales, y su rectificación o supresión, o la limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos. Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, mediante el envío de un correo electrónico dirigido a lopd@uv.es, desde direcciones oficiales de la Universitat de València, o bien mediante escrito acompañado de copia de un documento de identidad y, en su caso, documentación acreditativa de la solicitud, dirigido al Delegado de Protección de Datos en la Universitat de València.
11.7 Derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control.
La Universitat de València, sus fundaciones y entidades asociadas están adaptadas a la LOPD y al RGPD. Tienen habilitada una dirección lopd@uv.es para cualquier información, sugerencia, petición de ejercicio de derechos y resolución amistosa de controversias en materia de protección de datos de carácter personal, sin perjuicio del derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control competente.
11.8 Políticas de privacidad de la Universitat de València.
Pueden consultarse nuestras políticas de privacidad en http://links.uv.es/qBf2qd6
12.COMPATIBLIDAD
Este premio es compatible con cualquier otro tipo de ayuda tanto público como privada, excepto con cualquier otra beca o ayuda desarrollada desde la Fundación para la creación e investigación en cómic. El arte de volar.
13. RECURSOS
Contra la resolución de concesión de estos premios, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, o bien directamente un recurso contencioso administrativo ante los órganos de la jurisdicción contenciosa administrativa de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación.